• Contáctame
  • Feed -sígueme-
  • Sígueme en Facebook
  • Sígueme en Twitter
  • Ayuda para buscar
  • Inicio
Bienvenid@ al primer
Código de Procedimiento Penal Interactivo.

Búsqueda temática con Google aquí: Ayuda para buscar
Loading
Cargando...

ART.296 - FINALIDAD DE LA RESTRICCIÓN DE LA LIBERTAD


.


ARTÍCULO 296. FINALIDAD DE LA RESTRICCIÓN DE LA LIBERTAD. La libertad personal podrá ser afectada dentro de la actuación cuando sea necesaria para evitar la obstrucción de la justicia, o para asegurar la comparecencia del imputado al proceso, la protección de la comunidad y de las víctimas, o para el cumplimiento de la pena.


Te sirvió esta información? Puedes compartirla:
.

4 comentarios:

Unknown dijo...

Hola me ha llamado la atención un caso muy especial acerca de porte ilegal de arma de fuego. el caso es el siguiente : en una pequeña finca de un corregimiento de bolívar fue capturado una persona, acusada por portar una escopeta ( las razones, pues no tenia el papeleo correspondiente al caso) la persona no tiene ningun tipo de antecedentes penales, en el caso de la escopeta nunca ha sido utilizada para cometer ningún tipo de delitos, solo es portada por el muchacho para la proteccion en la finca con respecto al ganado y las siembras. los policias que asumieron el casso so son de la jurisdiccion de bolivar sino de Sucre y no cumplieron con su deber y obligacion como es la de leerle los derechos como capturado. quisiera saber si se puede alegar el principio de oportunidad puesto que el arma no ha sido utilizada para ningún fin ilegal, solo como medio de proteccion, a sabiendas que normalmente en esta fincas aledañas utilizan este tipo de armas para su proteccion.

Unknown dijo...

Yo tengo a mi pareja en la carcel por maltrato intrafamiliar ya hicimos un preacuerdo donde el solo queda pagando un año de carcel. Me gustaria saber si la ley 1786 del 2016 lo acobija o le sorba de algo quiero q salga lo mas pronto de la carcel...

Unknown dijo...

Yo tengo a mi pareja en la carcel por maltrato intrafamiliar ya hicimos un preacuerdo donde el solo queda pagando un año de carcel. Me gustaria saber si la ley 1786 del 2016 lo acobija o le sorba de algo quiero q salga lo mas pronto de la carcel...

Unknown dijo...

por favor nesecito una orientacion un familiar adulto mayor con 86 anos ya pago 6 anos, y esta delicado de salud. se le puede pedir libertad sustitutiva.muchas gracias por su orientacion.

ANIMATE A COMENTAR AQUI

Tu eres el COAUTOR de este código interactivo. Haz tus aportes ingresando con un perfil de blogguer (requieres una cuenta de google, gmail, yahoo, etc, si no lo poseees publica con perfil anónimo pero deja al final tu nombre). Esperamos tus aportes sean de carácter jurídico, NO ES UN BLOG PARA RESOLVER CONSULTAS. Solo ingresa en el recuadro siguiente y haz click en "publicar comentario" Es todo.

Ir Arriba
© Copyright - Procedimiento Penal Colombiano por Jeramon - Plantilla para blogs basada en la Oldbook de olobloguer .