Tras pasar a sanción presidencial el proyecto de ley de Seguridad Ciudadana, el Ministro del interior y de Justicia, Germán Vargas Lleras afirmó que “Esta iniciátiva es todo un arsenal de instrumentos para luchar contra el crimen organizado”.
El titular de cartera indicó que esta iniciativa incluye modificaciones a los códigos Penal, de Procedimiento Penal y de Infancia y Adolescencia. Así mismo incorpora cambios a las medidas relacionadas con la extinción del dominio.
Principales puntos que contempla este proyecto:
1. Jueces de control de garantías de reacción inmediata para operar en cualquier lugar del país.
2. Se amplían los términos que tiene la Fiscalía para formular la imputación, con el fin de darle más tiempo para recopilar las pruebas.
3. Órdenes de allanamiento y registro las 24 horas del día; órdenes de seguimiento y registro con vigencia permanente.
4. Aplicación de la flagrancia a eventos en los que el sujeto sea sorprendido en la comisión de un delito por una cámara de video en un sitio público o cuando se encuentre en un vehículo en el cual se acaba de cometer un delito.
5. Impone penas entre 10 y 17 años de cárcel a quienes utilicen o induzcan a menores de edad a la comisión de delitos.
6. En materia de privación de la libertad, se amplía la sanción a los mayores de 14 y menores de 18 años que hayan cometido delitos de homicidio doloso, secuestro, extorsión en todas sus formas y delitos agravados contra la libertad, integridad y formación sexual, con el cumplimiento total de la sanción.
7. Se modifica el delito de fabricación, tráfico, porte o tenencia de armas de fuego o municiones para que también incluya los accesorios y partes esenciales y las armas de fabricación artesanal; se aumenta la pena al porte ilegal de armas para que no sea excarcelable.
8. Se modifican los delitos de tráfico de drogas para incluir las drogas sintéticas.
9. Integra a la Policía en la vigilancia de las personas que se encuentran bajo detención domiciliaria o vigilancia electrónica.
10. Introducen nuevas causales para el cambio de lugar de radicación de los procesos y de los imputados afectados con medida de aseguramiento, con el fin de garantizar la seguridad de las partes implicadas en los procesos y la seguridad nacional.
11. Modifica profundamente el proceso de extinción de dominio para garantizar que el mismo sea eficaz y expedito.
12. Aplica medidas más severas para quienes incurran en lavado de activos, imponiendo penas hasta de 30 años de prisión.
13. Se establecen nuevas medidas para la lucha contra el hurto de celulares y de autopartes. Quien manipule, reprograme, remarque o modifique los terminales móviles de los servicios de comunicación (celulares) incurrirá en penas de 6 a 8 años y multas que podrían oscilar entre 6 y 700 salarios mínimos.
14. Protege los recursos naturales imponiendo penas a quienes se lucren del tráfico ilegal de flora y fauna. Los castigos podrían llegar hasta los 108 meses de prisión y multas hasta de 35.000 salarios mínimos.
15. No se penaliza la protesta social. Se sanciona el bloqueo de vías que atente contra la vida humana, la salud pública, la seguridad alimentaria, el medio ambiente o el derecho al trabajo.
Ver aquí texto de la ley y de los antecedentes legislativos
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1 comentarios:
se debería penalizar los bloques o manifestaciones o protestas cuando hay un proceso ya de de manda por dichos eventos de protesta muchas gracias
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