ARTÍCULO 403. IMPUGNACIÓN DE LA CREDIBILIDAD DEL TESTIGO. La impugnación tiene como única finalidad cuestionar ante el juez la credibilidad del testimonio, con relación a los siguientes aspectos:
1. Naturaleza inverosímil o increíble del testimonio.
2. Capacidad del testigo para percibir, recordar o comunicar cualquier asunto sobre la declaración.
3. Existencia de cualquier tipo de prejuicio, interés u otro motivo de parcialidad por parte del testigo.
4. Manifestaciones anteriores del testigo, incluidas aquellas hechas a terceros, o en entrevistas, exposiciones, declaraciones juradas o interrogatorios en audiencias ante el juez de control de garantías.
5. Carácter o patrón de conducta del testigo en cuanto a la mendacidad.
6. Contradicciones en el contenido de la declaración.
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4 comentarios:
Pero la impugnación se hace valiéndose de otra declaración del testigo.
No se olvide que la impugnación de credibilidad del testigo se hace en audiencia de juicio oral
Seria muy util que explicaran los pasos uno a uno como se realiza la impugnación, por ejemplo acreditar , contextualizar, autenticar y probar, al testigo, que preguntas se hacen.
Muy útil.
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