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Código de Procedimiento Penal Interactivo.

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ART.358 - EXHIBICIÓN DE LOS ELEMENTOS MATERIALES DE PRUEBA


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ARTÍCULO 358. EXHIBICIÓN DE LOS ELEMENTOS MATERIALES DE PRUEBA. [Artículo CONDICIONALMENTE exequible] A solicitud de las partes, los elementos materiales probatorios y evidencia física podrán ser exhibidos durante la audiencia con el único fin de ser conocidos y estudiados.


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1 comentarios:

Ciro.joaquin@gmail.com dijo...

las fases de la aud preparatoria son: 1.-pronuniciamiento acreca del descubrimiento
2.-descubrimiento de la defensa
3.-enunciacion dar a conocer conforme a su teoria del caso cuale spruebas aducira
4.-estipulaciones
5.-solicitud de medios suasorios
6.- tramite de los recursos.


si se niega una prueba, por improcedente o inconducente, (en alguna de las etapas anteriores, el que la pidió, debe manifestar de inmediato su inconformidad ante dicha negativa... ello por cuanto en la parte final ( num 6 tramite de los recursos) será menester sustentar la impugnacion.

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