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Código de Procedimiento Penal Interactivo.

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ART.338 - CITACIÓN PARA LA AUDIENCIA DE ACUSACION


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ARTÍCULO 338. CITACIÓN. Dentro de los tres (3) días siguientes al recibo del escrito de acusación, el juez señalará fecha, hora y lugar para la celebración de la audiencia de formulación de acusación. A falta de sala, el juez podrá habilitar cualquier recinto público idóneo.


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