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Código de Procedimiento Penal Interactivo.

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ART.334 - EFECTOS DE LA DECISIÓN DE PRECLUSIÓN


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ARTÍCULO 334. EFECTOS DE LA DECISIÓN DE PRECLUSIÓN. En firme la sentencia que decreta la preclusión, cesará con efectos de cosa juzgada la persecución penal en contra del imputado por esos hechos. Igualmente, se revocarán todas las medidas cautelares que se le hayan impuesto.


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1 comentarios:

Unknown dijo...

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