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Código de Procedimiento Penal Interactivo.

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ART.332 - CAUSALES DE PRECLUSION


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ARTÍCULO 332. CAUSALES. El fiscal solicitará la preclusión en los siguientes casos:

1. Imposibilidad de iniciar o continuar el ejercicio de la acción penal.
2. Existencia de una causal que excluya la responsabilidad, de acuerdo con el Código Penal.
3. Inexistencia del hecho investigado.
4. Atipicidad del hecho investigado.
5. Ausencia de intervención del imputado en el hecho investigado.
6. Imposibilidad de desvirtuar la presunción de inocencia.
7. Vencimiento del término máximo previsto en el inciso segundo del artículo 294 del este código.
PARÁGRAFO. Durante el juzgamiento, de sobrevenir las causales contempladas en los numerales 1 y 3, el fiscal, el Ministerio Público o la defensa, podrán solicitar al juez de conocimiento la preclusión.


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9 comentarios:

raulacero dijo...

la corte suprema sostiene que el error de tipo invencible es mejor plantearlo como causal 2a del articulo 332 de la Ley 906 del 2004, por ausencia de dolo. Pregunto qué pasa cuando el error es de caracter vencible? se puede o debe manejar como causal 4a del artículo 332????

Unknown dijo...

gracias le doy a Dios por este material.

Razones de VargasAbogados dijo...

Muy bueno el materia

Metempsicosis dijo...

quiero preguntar humildemente, el proceso penal comienza con la imputacion ante el Juez de garantias o con la denuncia...la pregunta es..cuando exactamente comienza un proceso penal sea el que sea..?

Unknown dijo...

se puede hacer reabrir un caso, que dio preclusion en el 2.013, Pues hubo violacion al debido proceso, hubo fraude en documento y el fiscal y el juez nunca hicieron peritaje

edgar dijo...

buenas tardes, en un caso por lesiones personales culposas, en audiencia de acusacion la fiscal solicita al juez variar la audiencia de acusacion a preclucion pero en favor de uno de dos implicados pregunto como se puede pedir la preclucion para el otro sindicado?? los hechos fueron el 07-10-10 gracias

Unknown dijo...

Procesi contra un policia un policia me disparo en una pierna y ya pasaron 2 años y no me andado audiencia cuanto tiempose puede demorar una de manda administrativa a el estado por tentar la vida de un ciudadano

la mona 7729 dijo...

Buenas tardes!!por favor si me pueden ayudar con una consulta...mi hermano estaba de viaje con un amigo y el amigo llevaba un revólver calibre 38/la policía en el reten los cogió y los llevo retenidos a la cárcel como por 20 días ami hermano por ser mayor de edad,luego lo soltaron y le dijeron que esperará la citacion,le dieron casa por cárcel,el no tiene como pagar un abogado por tal motivo le toco con un abogado asignado,,,hasta el día de hoy el no puede salir a trabajar por que tiene casa por cárcel,,,quisiera saber si en el caso de el se puede apelar al vencimiento de términos...se me olvidaba a el le quieren imputar los cargos por que el es mayor de edad,,le dijo el abogado asignado que se declara culpable que le daban de 5 a 9 años,pero en libertad condicional,,el dueño del revólver dice que el no ba aceptar que el arma es de el y que tampoco dice que mi hermano no tiene nada que ver,, como quien dice el muchacho dejo a mi hermano solo en este problema,,,el jamas a estado en problemas hasta ahora que se gano este problema pendejamente.gracias al que .e pueda ayudar con un buen asesoramiento.

Unknown dijo...

buenas mi pregunta es cuanto tiempo de demora un pago de indemnización por accidente de transito

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