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Código de Procedimiento Penal Interactivo.

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ART.278 - IDENTIFICACIÓN TÉCNICO CIENTÍFICA


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ARTÍCULO 278. IDENTIFICACIÓN TÉCNICO CIENTÍFICA. La identificación técnico científica consiste en la determinación de la naturaleza y características del elemento material probatorio y evidencia física, hecha por expertos en ciencia, técnica o arte. Dicha determinación se expondrá en el informe pericial.


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