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Código de Procedimiento Penal Interactivo.

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VIGENCIA


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El texto de la ley 906 de 2004 que aquí se publica es el modificado por el Decreto 2770 DE 2004(agosto 31), publicado en el Diario Oficial No. 45.657, de 31 de agosto de 2004.

La ley 906 de 2004, ha sufrido las modificaciones normativas que se mencionan a continuación. Para conocer las modificaciones realizadas por vía jurisprudencial debe consultar cada uno de los artículos:

Modificada por la Ley 1774 de 2016, 'por medio de la cual se modifican el Código Civil, la Ley 84 de 1989, el Código Penal, el Código de Procedimiento Penal y se dictan otras disposiciones', publicada en el Diario Oficial No. 49.747 de 6 de enero de 2016.

- Modificada por la Ley 1760 de 2015, 'por medio de la cual se modifica parcialmente la Ley 906 de 2004 en relación con las medidas de aseguramiento privativas de la libertad', publicada en el Diario Oficial No. 49.565 de 6 de julio de 2015.

- Modificada por la Ley 1652 de 2013, 'por medio de la cual se dictan disposiciones acerca de la entrevista y el testimonio en procesos penales de niños, niñas y adolescentes víctimas de delitos contra la libertad, integridad y formación sexuales', publicada en el Diario Oficial No. 48.849 de 12 de julio de 2013.

- Modificada por la Ley 1542 de 2012, publicada en el Diario Oficial No. 48.482 de 5 de julio de 2012, 'Por la cual se reforma el artículo 74 de la Ley 906 de 2004, Código de Procedimiento Penal'

- Modificada por la Ley 1474 de 2011, " POR LA CUAL SE DICTAN NORMAS ORIENTADAS A FORTALECER LOS MECANISMOS DE PREVENCÓN, INVESTIGACIÓN y SANCIÓN DE ACTOS DE CORRUPCIÓN y LA EFECTIVIDAD DEL CONTROL DE LA GESTIÓN PÚBLICA "

- Modificada por la Ley 1453 de 2011, "Por medio de la cual se reforma el codigo penal, el codigo de procedimiento penal, el codigo de infancia y adolescencia, las reglas sobre extinción de dominio y se dictan otras disposiciones en materia de seguridad (seguridad ciudadana)"

- Modificada por la Ley 1395 de 2010, por medio de la cual se reforma, entre otras, la Ley 906 de 2004
- Modificada por la Ley 1312 de 2009, publicada en el Diario Oficial No. 47.405 de 9 de julio de 2009, 'Por medio de la cual se reforma la Ley 906 de 2004 en lo relacionado con el Principio de Oportunidad'

- Modificada por la Ley 1273 de 2009, publicada en el Diario Oficial No. 47.223 de 5 de enero de 2009, 'Por medio de la cual se modifica el Código Penal, se crea un nuevo bien jurídico tutelado - denominado “de la protección de la información y de los datos”- y se preservan integralmente los sistemas que utilicen las tecnologías de la información y las comunicaciones, entre otras disposiciones'

- Modificada por la Ley 1257 de 2008, publicada en el Diario Oficial No. 47.193 de 4 de diciembre de 2008, 'Por la cual se dictan normas de sensibilización, prevención y sanción de formas de violencia y discriminación contra las mujeres, se reforman los Códigos Penal, de Procedimiento Penal, la Ley 294 de 1996 y se dictan otras disposiciones'

- Modificada por la Ley 1142 de 2007, publicada en el Diario Oficial No. 46.673 de 28 de julio de 2007, 'Por medio de la cual se reforman parcialmente las Leyes 906 de 2004, 599 de 2000 y 600 de 2000 y se adoptan medidas para la prevención y represión de la actividad delictiva de especial impacto para la convivencia y seguridad ciudadana.'

- Modificada por la Ley 1121 de 2006, publicada en el Diario Oficial No. 46.497 de 30 de diciembre de 2006, 'Por la cual se dictan normas para la prevencion, detección, investigación y sanción de la financiación del terrorismo y otras disposiciones'

- Para la aplicación de esta ley deben tenerse en cuenta algunas disposiciones de la Ley 1098 de 2006, publicada en el Diario Oficial No. 46.446 de 8 de noviembre de 2006, 'Por la cual se expide el Código de la Infancia y la Adolescencia', 'a excepción de los artículos 320 a 325 y los relativos al juicio especial de alimentos los cuales quedan vigentes'.

- Para la interpretación del Artículo 35 de esta ley debe tenerse en cuenta lo dispuesto por el Artículo 3o. de la Ley 1028 de 2006, 'por la cual se adiciona el Código Penal y se dictan otras disposiciones', publicada en el Diario Oficial 46.298 de 13 de junio de 2006.
El texto original del Artículo 3o. mencionado es el siguiente:
'ARTÍCULO 3o. COMPETENCIA. La competencia de los delitos previstos en este capítulo corresponde a los Jueces Penales de Circuito Especializados'.
Los delitos tipificados por la Ley 1028 de 2006 están descritos en el Artículo 1o. y corresponden a los Artículos 327A, 327B, 327C, 327D y 327E de la Ley 599 de 2000 (Código Penal).

- Modificada por la Ley 985 de 2005, publicada en el Diario Oficial No. 46.015 de 29 de agosto de 2005, 'Por medio de la cual se adoptan medidas contra la trata de personas y normas para la atención y protección de las víctimas de la misma'.

- Modificada por la Ley 937 de 2004, publicada en el Diario Oficial No. 45.778 de 31 de diciembre de 2004, 'Por la cual se adiciona el artículo 38 de la Ley 906 de 2004'.

- El Artículo 528 de esta Ley, en desarrollo de lo dispuesto en el Art. 5o. del Acto Legislativo 3 de 2002, establece:
'ARTÍCULO 528. PROCESO DE IMPLEMENTACIÓN. El Consejo Superior de la Judicatura y el Fiscal General de la Nación ordenarán los estudios necesarios y tomarán las decisiones correspondientes para la implantación gradual y sucesiva del sistema contemplado en este código.
'En desarrollo de los artículos 4o. y 5o. del Acto legislativo 03 de 2002, la Comisión allí creada adelantará el seguimiento de la implementación gradual'.
Los Artículos 529 y 530 tratan respectivamente sobre los criterios para la implementación y sobre selección de distritos judiciales.

- El Acto Legislativo 3 de 2002, 'por el cual se reforma la Constitución Nacional', publicado en el Diario Oficial No. 45.040 de 20 de diciembre de 2002, establece en el Artículo 5o.:
'ARTÍCULO 5o. El presente Acto Legislativo rige a partir de su aprobación, pero se aplicará de acuerdo con la gradualidad que determine la ley y únicamente a los delitos cometidos con posterioridad a la vigencia que en ella se establezca. La aplicación del nuevo sistema se iniciará en los distritos judiciales a partir del 1o. de enero de 2005 de manera gradual y sucesiva. El nuevo sistema deberá entrar en plena vigencia a más tardar el 31 de diciembre del 2008'.


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14 comentarios:

Anónimo dijo...

me parece excelente tu pagina, que tienes sobre lesiones personales culposas por responsabilidad medica y daño permanente

Jeramon dijo...

Se consiguen algunas decisiones sobre el tema; solo busca con el criterio "responsabilidad medica" en el buscador de google en la parte superior de esta página

Anónimo dijo...

Si la ley 1453-2011 según el art. 111. Vigencia, rige a partir de su promulgación, le son aplicables los artículos 52 y 53 de la Ley 4a de 1913. Porque de ser así, no estaría vigente.

Anónimo dijo...

exelente trabajo, animo con estos proyectos y si esta dentro de tus posibilidades deberias incorporar otras normas, muchas gracias me sirvio muchisimo

Anónimo dijo...

porque se modifico el articulo 74 de la ley 1142 de 2007 en cuanto a la aprensión en flagrancia para delitos de accion privada

Anónimo dijo...

perdon aprehension

Anónimo dijo...

la ley 1453 de 2011 extiende a un mas los terminos para que se pronuncien los Fiscales, si el objeto es que exixta manos inpunidad no se puedeatentar con la dignidad humana y el devido proceso.

Anónimo dijo...

La Ley 1542, solo vino a crear mas conflictos al interior del nucleo familiar, pues le quitó la facultad de decisión a la victima de decidir si quería que su denunciado fuese recluido en prisión o por el sontrario solo buscaba una ayudad del estado para que sele brindara ayuda psicologica, como debe ser, el veradero tratamiento para la mayoria de los casos, por eso ahora los despacho de CAVIF, estan congestionados y esto no ayuda en nada a la solución pronta de los problemas.

Unknown dijo...

que pasa si un ciudadano es citado a audiencia y no asiste y se le imputa la contumacia, en resumen que pena adicional puede ser impuesta por la contimacia

salustiano dijo...

Como hay tantas sentencias tanto de la Corte Suprema de Justicia sala penal y la Corte Costitucional en lo referente a los mecanismos de sustitución de la prisión porcual y cuales son estas sentencias y si acaso puede caber una demanda en cuanto lo anterior

Anónimo dijo...

en que casos el fiscal cita y en que casos busca u ordena la captura????

Anónimo dijo...

Muy buena tu pagina. Quisiera saber que tienes sobre preacuerdos segun la ley 906.

Unknown dijo...

hola un saludo excelente pagina necesito de una apoyo o ayuda asesoría jurídica resulta que ami esposa y mis tres hijas una señora en clínica de garaje le aplico unos líquidos hace como tres años pero una de ellas ha presentado hincharon y drenaje por un glúteo he tratado de conciliar con la señora y no ha sido posible la denuncie a la fiscalia y no me aceptaron por vencimiento de términos quien me ayuda gracias una asesoría eficaz por favo infotmscion ami correo willia-4040@hotmail.com

LUIS MARTINEZ dijo...

ante que autoridad se solicita la asignación de un defensor publico. gracias.

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