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Código de Procedimiento Penal Interactivo.

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ART.380 - CRITERIOS DE VALORACIÓN


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ARTÍCULO 380. CRITERIOS DE VALORACIÓN. Los medios de prueba, los elementos materiales probatorios y la evidencia física, se apreciarán en conjunto. Los criterios para apreciar cada uno de ellos serán señalados en el respectivo capítulo.


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