• Contáctame
  • Feed -sígueme-
  • Sígueme en Facebook
  • Sígueme en Twitter
  • Ayuda para buscar
  • Inicio
Bienvenid@ al primer
Código de Procedimiento Penal Interactivo.

Búsqueda temática con Google aquí: Ayuda para buscar
Loading
Cargando...

ART.96 - DESEMBARGO


.

ARTÍCULO 96. [artículo modificado por la ley 1395 de 2010]
DESEMBARGO. Podrá decretarse el desembargo de bienes, cuando el imputado preste caución en dinero efectivo o mediante póliza de compañía de seguros o garantía bancaria, por el monto que el juez señale para garantizar el pago de los daños y perjuicios que lIegaren a establecerse, como de las demás obligaciones de contenido económico.a que hubiere lugar.

La caución en dinero efectivo se considerará embargada para todos los efectos legales.

Señalado el monto de la caución, el interesado deberá prestarla dentro de un término no mayor de veinte (20) días contados a partir de la fecha en que se impuso.

Cuando se profiera preclusión o sentencia absolutoria se condenará al peticionario temerario al pago de los perjuicios que con la práctica de las medidas cautelares se hubieren ocasionado al imputado.

También se levantará el embargo cuando se profiera preclusión o sentencia absolutoria o vencidos los treinta días previstos en el artículo 106 sin que se hubiere promovido el incidente de reparación integral o trascurridos 60 días contados a partir de la ejecutoriada de la providencia del artículo 105 condenatoria en perjuicios sin que se presentare demanda ejecutiva ante el juez civil.


Te sirvió esta información? Puedes compartirla:
.

7 comentarios:

juanito dijo...

se me hizo un proceso de embargo en contra de la casa sin nosotros saber ni fuimos avisados en fin me embargaron la casa y me la secuestraron yo cuando me di cuenta paque lo que dice el jusgado y es la hora ya que el abogado esta colocando carticas de raclamos y eln jusgado le contesto que no se le va a reconocer mas de lo de la ley estipulado y es la ahora que llevo ya tres meses de haber pagado y no me han desembargado la casa y ya paquee todo cuanto tiempo puede me toca esperar mas o que es lo que pasa no entiendo?

Anlexo dijo...
Este comentario ha sido eliminado por el autor.
Unknown dijo...

buenos dias....ya pagué el emabargo de un predio....quisiera saber cuanto tiempo demora el desembargo .? o en donde puedo averiguar como va el proceso ya que se encuentra en bohota y vivo en Bucaramanga

Unknown dijo...

buenos dias....ya pagué el emabargo de un predio....quisiera saber cuanto tiempo demora el desembargo .?

Blogger dijo...

Ya se pagó el embargo que se tenia sobre moto, ahora quiero saber cuanto me demora en desembargarla o si la puedo conducir así?

Dario rubio dijo...

Necesito saber si al proceder a pagar un desembargo de una propiedad en un juzgado,debe quedar constancia de la persona que realizó el pago con firma fecha ?

Unknown dijo...

Cuánto es el tiempo estipulado para el desenvargo. Cuando ya yse todo el proceso con la entidad que me envargo

ANIMATE A COMENTAR AQUI

Tu eres el COAUTOR de este código interactivo. Haz tus aportes ingresando con un perfil de blogguer (requieres una cuenta de google, gmail, yahoo, etc, si no lo poseees publica con perfil anónimo pero deja al final tu nombre). Esperamos tus aportes sean de carácter jurídico, NO ES UN BLOG PARA RESOLVER CONSULTAS. Solo ingresa en el recuadro siguiente y haz click en "publicar comentario" Es todo.

Ir Arriba
© Copyright - Procedimiento Penal Colombiano por Jeramon - Plantilla para blogs basada en la Oldbook de olobloguer .