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Código de Procedimiento Penal Interactivo.

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ART.14 - INTIMIDAD


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ARTÍCULO 14. INTIMIDAD. Toda persona tiene derecho al respeto de su intimidad. Nadie podrá ser molestado en su vida privada.

No podrán hacerse registros, allanamientos ni incautaciones en domicilio, residencia, o lugar de trabajo, sino en virtud de orden escrita del Fiscal General de la Nación o su delegado, con arreglo de las formalidades y motivos previamente definidos en este código. Se entienden excluidas las situaciones de flagrancia y demás contempladas por la ley.


De la misma manera deberá procederse 
cuando resulte necesaria la búsqueda selectiva en las bases de datos computarizadas, mecánicas o de cualquier otra índole, que no sean de libre acceso, o cuando fuere necesario interceptar comunicaciones.



En estos casos, dentro de las treinta y seis (36) horas siguientes deberá adelantarse la respectiva audiencia ante el juez de control de garantías, con el fin de determinar la legalidad formal y material de la actuación.



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5 comentarios:

DEFENSOR dijo...

EXCELENTE HERRAMIENTA JURIDICA. LA CRITICA AL SISTEMA DEBE ACOMPAÑARSE DE ACCIONES QUE PERMITAN MANTENER UN SISTEMA ACUSATORIO EN SU IDEA ORIGINAL, MAS NO COMO INSTRUMENTO DE INTERPRETACION ACOMODATICIA, EJERCICIO QUE SE HACE DESDE LA MISMA CORTE SUPREMA LA CUAL DESNATURALIZA EL SISTEMA PROCESAL A LO CUAL SE SUMAN SIN REATO LOS JUECES QUIENES PREFIEREN RENUNCIAR A SU AUOTONOMIA E INDEPENDENCIA APLICANDO CON FE CIEGA LOS DICTADOS DE SUS SUPERIORES FUNCIONALES. QUE IMPERE EL GARANTISMO PROCESAL.

Lisset dijo...

Buenas tardes tengo un problema mi ex me esta amenazando con publicar unas fotos íntimas, tengo la llamada grabada donde me amenaza en subirlas. Donde puedo denunciarlo y que lo obliguen a borrar las fotos y que si salen esas fotos en las redes el será el responsable? Muchas gracias

Lisset dijo...

Buenas tardes tengo un problema mi ex me esta amenazando con publicar unas fotos íntimas, tengo la llamada grabada donde me amenaza en subirlas. Donde puedo denunciarlo y que lo obliguen a borrar las fotos y que si salen esas fotos en las redes el será el responsable? Muchas gracias

Unknown dijo...

buenas noches...tengo una inquietud la amante de mi marido le mando unas fotos desnudas al celular mi niña de tres años las vio y me las enseño..yo acepto q cometi un error porque es duro ver este tipo de cosas y mi reaccion fue enseñarselas a la hija de ella con la q ue manejaba una buena relacion para comprobarle que era verdad lo q se decia de la mama y ahora esta mujer me demando por enseñarselas a la hija y me dicen que si ella no concilia me pueden meter a la carcel...mi pregunta es acaso no hay una ley ampare este tipo de casos yo no las publique y ella se metio en mi hogar y ahora me toca pagar a mi...gracias

Unknown dijo...

Buenas.. mi antugua pareja la deje porq me di cuenta q tenia esposa, en un acto de rabia le conte todo lo q habia pasado entre el marido y yo, ahora la mujer quiere subir fotos mias en redes sociales desprestigiandome, puedo demandarla por violacion a mi ptivacidad?

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